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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA


DO 2012


SUBSECRETARÍA DE PESCA
Y ACUICULTURA
(Extractos)
MODIFICA DECRETO N° 1.251 EXENTO, DE 2011
Por decreto exento N° 962, de 28 de septiembre de 2012, de este Ministerio, modifícase el artículo 8° del decreto exento N° 1.251, de 2011, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, en sentido de señalar que la cuota global anual de captura de la unidad de pesquería de Langostino colorado en el área marítima comprendida entre la XV a la IV Regiones, año 2012, ascenderá a 2.100 toneladas, fraccionadas de la manera señalada en el decreto extractado.
El texto íntegro del presente decreto se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 28 de septiembre de 2012.- Felipe Palacio Rives, Subsecretario de Pesca y Acuicultura (S).




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