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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA


DO 2012


ESTABLECE CUOTA ANUAL DE CAPTURA PARA LOS RECURSOS RAYA VOLANTÍN Y RAYA ESPINOSA EN ÁREA MARÍTIMA DE LA IV A LA VII REGIONES
Por decreto exento N° 972, de 1 de octubre de 2012, de este Ministerio, fíjase una cuota anual de captura de 277 toneladas de Raya volantín y de 53 toneladas de Raya espinosa, a ser extraídas en el área marítima comprendida entre la IV a la VII Regiones, desde la fecha de la publicación del presente decreto en el Diario Oficial y hasta el 30 de noviembre de 2012, ambas fechas inclusive, distribuidas de la manera señalada en el decreto extractado.
El texto íntegro del presente decreto se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 1 de octubre de 2012.- Pablo Galilea Carrillo, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.




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