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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA


DO 2013


MODIFICA DECRETO N° 113 EXENTO, DE 2013
Por decreto exento N° 367, de 9 de abril de 2013, de este Ministerio, modifícase el decreto exento N° 113, de 2013, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que estableció una veda extractiva para los recursos Raya volantín y Raya espinosa, en el área marítima comprendida entre paralelo 41°28,6‘ LS y el límite sur de la XII Región, en el sentido que a continuación se indica:
a) Reemplazar la letra b) del artículo 3°, que autorizó durante la vigencia de la veda extractiva, la captura de Raya volantín, en calidad de fauna acompañante, en los siguientes términos: b) En la pesca artesanal dirigida a Congrio dorado con espinel, hasta un 30% medido en peso en relación a la especie objetivo, por viaje de pesca, con un límite de 232 toneladas..
b) Reemplazar la letra b) del artículo 4°, que autorizó durante la vigencia de la veda extractiva, la captura de Raya espinosa, en calidad de fauna acompañante, en los siguientes términos: b) En la pesca artesanal dirigida a Congrio dorado con espinel, hasta un 15% medido en peso en relación a la especie objetivo, por viaje de pesca, con un límite de 87 toneladas..
El texto íntegro del presente decreto se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 9 de abril de 2013.- Felipe Palacio Rives, Subsecretario de Pesca y Acuicultura (S).




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