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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA


DO 2013


Ministerio de Economía, Fomento y Turismo
SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA
MODIFICA DECRETO N° 1.336 EXENTO,
DE 2012
(Extracto)
Por decreto exento N° 362, de 9 de abril de 2013, de este Ministerio, modifícase artículo 15° del decreto exento N° 1.336 de 2012, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que estableció las cuotas globales anuales de captura en las unidades de pesquería declaradas en estado y régimen de plena explotación, en el sentido siguiente:
a) Reemplázase el literal i) de la letra b) por el siguiente:
Una vez agotada la cuota artesanal de anchoveta correspondiente, se permitirá su captura por viaje de pesca, en calidad de fauna acompañante, respecto de la sumatoria de las especies sardina común y anchoveta..
b) Incorpórese el siguiente párrafo a la letra b):
Con todo, prevalecerán sobre las siguientes normas de imputación, aquellas establecidas mediante resolución del Subsecretario de Pesca y Acuicultura, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 3° letra f) de la Ley General de Pesca y Acuicultura..
El texto íntegro del presente decreto se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y del Servicio Nacional de Pesca.
Valparaíso, 9 de abril de 2013.- Felipe Palacio Rives, Subsecretario de Pesca y Acuicultura (S).




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