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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA


DO 2013




Ministerio de Economía, Fomento y Turismo
SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA
MODIFICA DECRETO N° 113 EXENTO, DE 2013
(Extracto)
Por decreto exento N° 527, de 10 de junio de 2013, de este Ministerio, modifícase el decreto exento N° 113, de 2013, modificado mediante decreto exento N° 367, de 2013, ambos del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que estableció una veda extractiva para los recursos Raya volantín y Raya espinosa, en el área marítima comprendida entre paralelo 41°28,6‘ L.S. y el límite sur de la XII Región, en el sentido que a continuación se indica:
a) En la letra b) del artículo 3°, que autorizó durante la vigencia de la veda extractiva, la captura de Raya volantín, en calidad de fauna acompañante en la pesca artesanal dirigida a Congrio dorado con espinel, hasta un 30% medido en peso en relación a la especie objetivo, por viaje de pesca, en el sentido de reemplazar las asignaciones de las áreas marítimas indicadas en el decreto extractado.
b) En la letra b) del artículo 4°, que autorizó durante la vigencia de la veda extractiva, la captura de Raya espinosa, en calidad de fauna acompañante, en la pesca artesanal dirigida a Congrio dorado con espinel, hasta un 15% medido en peso en relación a la especie objetivo, por viaje de pesca, en el sentido de reemplazar las asignaciones de las áreas marítimas indicadas en el decreto extractado.
El texto íntegro del presente decreto se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 10 de junio de 2013.- Pablo Galilea Carrillo, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.




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