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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA


DO 2013


ESTABLECE CUOTAS ANUALES DE CAPTURA PARA UNIDADES DE PESQUERÍA DE RECURSOS DEMERSALES QUE SE INDICAN SOMETIDAS A LICENCIAS TRANSABLES DE PESCA, AÑO 2014
Por decreto exento N° 1.410, de 24 de diciembre de 2013, de este Ministerio, fíjanse para el año 2014 las siguientes cuotas anuales de captura, en las unidades de pesquería de recursos demersales que se indican, declaradas en régimen de plena explotación y sometidas a Licencias Transables de Pesca.
a) Unidad de pesquería de Merluza común IV Región -paralelo 41°28,6’ LS:

b) Unidades de pesquería de Merluza del sur paralelo 41°28,6’ LS al sur:

c) Unidad de pesquería de Congrio dorado paralelo 41°28,6’ LS al 47° LS:

d) Unidad de pesquería de Congrio dorado paralelo 47° LS al 57° LS:

e) Unidad de pesquería de Merluza de tres aletas paralelo 41°28,6’ LS al sur:

El texto íntegro del presente decreto se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 24 de diciembre de 2013.- Felipe Palacio Rives, Subsecretario de Pesca y Acuicultura (S).




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