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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA


DO 2014


ESTABLECE VEDA BIOLÓGICA PARA LOS RECURSOS SARDINA COMúN Y ANCHOVETA ENTRE LA V Y LA XIV REGIONES POR PERÍODO QUE INDICA
Por decreto exento N° 713, de 24 de octubre de 2014, de este Ministerio, establécese una veda biológica para los recursos Anchoveta y Sardina común en el área marítima comprendida entre la V a XIV Regiones, la que regirá por un periodo de 15 días corridos contados desde el día siguiente a la fecha de publicación del presente decreto en el Diario Oficial.
Se exceptúa de lo establecido en los artículos precedentes, la captura de Anchoveta y Sardina común destinada a la elaboración de productos de consumo humano directo y a carnada, de conformidad con lo establecido en el artículo 3° letra a) de la Ley General de Pesca y Acuicultura.
El texto íntegro del presente decreto se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 24 de octubre de 2014.- Paolo Trejo Carmona, Subsecretario de Pesca y Acuicultura (S).




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