GobiernoTransparente

MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA


DO 2015


Ministerio de Economía, Fomento y Turismo
SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA
ESTABLECE VEDA BIOLÓGICA PARA CRUSTÁCEOS DEMERSALES EN ÁREA QUE INDICA. MODIFICA DECRETOS EXENTOS QUE INDICA
(Extracto)
Por decreto exento N° 126, de 26 de febrero de 2015, de este Ministerio, establécese una veda biológica para los recursos crustáceos demersales camarón nailon, langostino amarillo, langostino colorado y gamba el área marítima comprendida desde la XV a la XII Regiones, la que regirá desde el 1 al 30 de septiembre de cada año calendario, ambas fechas inclusive.
Modifícase las vedas biológicas de los recursos crustáceos demersales que a continuación se indica:
a) Decreto exento N° 92 de 1998, en el sentido de señalar que la veda biológica del recurso camarón nailon regirá, entre el 1 de agosto y el 30 de septiembre de cada año calendario, ambas fechas inclusive, en el área marítima comprendida desde la XV a la XII regiones.
b) Decreto exento N° 324 de 1996, en el sentido de señalar que la veda biológica del recurso langostino amarillo regirá entre el 1 de enero y el 28 o 29 de febrero, de cada año calendario, según corresponda, en el área marítima comprendida desde la XV a la XII regiones.
c) Decreto exento N° 323 de 1996, en el sentido de señalar que la veda biológica de langostino colorado entre el 1 de enero y el 28 o 29 de febrero, de cada año calendario, según corresponda, en el área marítima comprendida desde la XV a la XII regiones.
Asimismo, déjese sin efecto el decreto exento N° 1.242 de 2005, del actual Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
Valparaíso, 26 de febrero de 2015.- Alejandro Gertosio Ramírez, Subsecretario de Pesca y Acuicultura (S).




VolverTamaño de Fuente