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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA


DO 2015




Ministerio de Economía, Fomento y Turismo
SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA
ESTABLECE VEDA BIOLÓGICA PARA LOS RECURSOS ANCHOVETA Y SARDINA COMúN EN ÁREA Y PERÍODO QUE INDICA
(Extracto)
Por decreto exento N° 149, de 9 de marzo de 2015, de este Ministerio, establécese una veda biológica para los recursos Anchoveta y Sardina común, en el área marítima comprendida entre el límite norte de la V Región y el límite sur de la IX Región, la que regirá en un periodo referencial comprendido entre la fecha de publicación del presente decreto en el Diario Oficial y el 25 de marzo del año 2015, inclusive.
Durante dicho periodo el Instituto de Fomento Pesquero efectuará un monitoreo intensivo de la condición reproductiva del recurso.
Los indicadores biológicos utilizados para el establecimiento efectivo de la veda durante el periodo referencial serán la talla media de reclutamiento del recurso Sardina común y la talla de madurez sexual del recurso Anchoveta, monitoreados por el Instituto de Fomento Pesquero.
Si el valor de los indicadores biológicos antes señalados da cuenta, indistintamente, que en una determinada Región más del 32% de los ejemplares muestreados del recurso Sardina común tiene una talla menor o igual a 8,5 centímetros, o que más del 30% de los ejemplares muestreados del recurso Anchoveta tiene una talla menor o igual a los 11,5 centímetros, la veda comenzará a regir, en la respectiva Región, para ambos recursos, a partir del día siguiente a la publicación del valor del indicador en la página web de la Subsecretaría de Pesca y hasta el término del período referencial establecido en el artículo 1° del presente decreto.
El texto íntegro del presente decreto se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 9 de marzo de 2015.- Raúl Súnico Galdames, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.




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