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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA


DO 2015


SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA
(Extractos)
MODIFICA DECRETO N° 209 EXENTO, DE 2015, QUE ESTABLECE VEDA BIOLÓGICA PARA LOS RECURSOS ANCHOVETA Y SARDINA COMúN EN ÁREA Y PERÍODO QUE INDICA
Por decreto exento N° 223, de 31 de marzo de 2015, de este Ministerio, modifícase el artículo 1° del decreto exento N° 209, de 2015, de este Ministerio, que estableció una veda biológica para los recursos Anchoveta Engraulis ringens y Sardina común Strangomera bentinki, en el área marítima de la VIII Región, en el sentido de reemplazar sus incisos segundo y tercero por los siguientes:
"Los indicadores biológicos, utilizados para el establecimiento efectivo de la veda durante el período referencial, serán la talla media de reclutamiento del recurso Sardina común y la talla media de madurez sexual del recurso Anchoveta, monitoreados por el Instituto de Fomento Pesquero.
No obstante lo dispuesto en el párrafo primero, si el valor de los indicadores biológicos antes señalados da cuenta, indistintamente, que en algún área de la VIII Región se presenta un 32% o menos de los ejemplares muestreados del recurso Sardina común, con una talla menor o igual a 8,5 centímetros, y un 30% o menos de los ejemplares muestreados del recurso Anchoveta, con una talla menor o igual a los 11,5 centímetros, se pondrá término a la veda antes señalada para ambos recursos en el área de la VIII Región que defina la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, ello a partir de la publicación del valor del indicador en la página web de la citada Subsecretaría".
El texto íntegro del presente decreto se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 31 de marzo de 2015.- Raúl Súnico Galdames, Subsecretario Pesca y Acuicultura.




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