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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA


DO 921779 2015


SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA
(IdDO 921779)
MODIFICA DECRETO N° 44 EXENTO, DE 2015
(Extracto)
Por decreto exento 527, de 3 de julio de 2015, de este Ministerio, modifícase el artículo 1° del decreto exento N° 44, de 2015, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que fijó una cuota anual de captura para los recursos huiro negro, huiro palo y huiro macro, año 2015, en el sentido siguiente:
1) En el artículo 1°, reemplázase en la letra a), los guarismos indicados en la tabla para el recurso Huiro flotador, por los siguientes:
a) Distribución temporal III Región, excluyendo sector Bahía Chasco.

2) Incorpórese el siguiente artículo 5°:
"Las capturas que se efectúen entre el 1° de julio de 2015 y la fecha de publicación del presente decreto en el Diario Oficial, se imputarán a la cuota anual de captura autorizada en el presente decreto.".
El texto íntegro del presente decreto se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 3 de julio de 2015.- Raúl Súnico Galdames, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.




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