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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA


DO 953162 2015


SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA
(IdDO 953162)
MODIFICA DECRETO N° 598 EXENTO, DE 2015, DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
(Extracto)
Por decreto exento N° 777, de 2 de octubre de 2015, de este Ministerio, modifíquese el artículo 1°.- del decreto exento N° 598 de 2015, que reguló, para el año 2015, la duración de la veda biológica reproductiva para los recursos Anchoveta y Sardina común, en el sentido de reemplazar su letra c) por la siguiente:
"c).- La veda cuyo término vence, el 21 de octubre, podrá suspenderse o extenderse semanalmente durante el periodo comprendido entre el 1° de octubre y el 15 de noviembre del presente año, dependiendo de los resultados del monitoreo de la condición reproductiva que deberá efectuar el Instituto de Fomento Pesquero.
La veda se suspenderá cuando el Índice Gonadosomático (IGS) sea menor a 6% y la proporción de hembras activas sea menor a un 40%, ambos en escala semanal. En caso contrario, la veda se mantendrá o extenderá, según corresponda. Para estos efectos se entenderá como hembras activas aquellas que se encuentren en estado de madurez sexual 3 y 4.
La suspensión o la mantención de la veda se hará efectiva al día siguiente de la publicación de los resultados del monitoreo en el sitio de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura. Para estos efectos los indicadores se publicarán semanalmente en el mismo medio sitio.".
El texto íntegro del presente decreto se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 2 de octubre de 2015.- Paolo Trejo Carmona, Subsecretario de Pesca y Acuicultura (S).




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