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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA


DO 977861 2015


Ministerio de Economía, Fomento y Turismo
SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA
(Extractos)
(IdDO 977861)
MODIFICA DECRETO N° 39 EXENTO, DE 2015, DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Por decreto exento N° 1.130, de 14 de diciembre de 2015, de este Ministerio, modifícase el artículo 1° del decreto exento N° 39 de 2015, rectificado mediante decreto exento N° 257 de 2015, que estableció los porcentajes de desembarque de especies como fauna acompañante de las pesquerías artesanales, año 2015, en el sentido que se indica:
a) Incorpórese en el campo "Recurso Objetivo" la palabra "Otros", para las siguientes especies del campo "Recurso F.A.": Anchoveta, Sardina española y Congrio dorado, de la forma señalada a continuación:
Anchoveta ArtesanalXV-II Cerco 5% 1.000Sardina EspañolaArtesanalXV-IICerco5%500Congrio Dorado ArtesanalX XI XII Espinel 10%33,2
10,9
21,2
Recurso FA Sector Recurso Objetivo Región Arte de Pesca % FAReserva Anual Fauna Acompañante
Sardina española
Jurel
Caballa
Otros
Anchoveta
Jurel
Caballa
Otros
Recursos Demersales
Otros

b) Reemplácese lo establecido para la especie jibia en el campo "Arte de Pesca y "% F.A." por la palabra "Todos" y establézcase un porcentaje de fauna acompañante total de un 30% de la siguiente forma:
Recurso FASectorRecurso ObjetivoRegiónArte de Pesca% FAReserva Anual Fauna Acompañante
JibiaArtesanalTodosXV-XIITodos30%1.592

Los montos de las cuotas de fauna acompañante antes señaladas, se encuentran expresados en toneladas.
El texto íntegro del presente decreto se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 14 de diciembre de 2015.- Raúl Súnico Galdames, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.




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