Ministerio de Economía, Fomento y Turismo SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA (Extractos) (IdDO 977861) MODIFICA DECRETO N° 39 EXENTO, DE 2015, DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO Por decreto exento N° 1.130, de 14 de diciembre de 2015, de este Ministerio, modifícase el artículo 1° del decreto exento N° 39 de 2015, rectificado mediante decreto exento N° 257 de 2015, que estableció los porcentajes de desembarque de especies como fauna acompañante de las pesquerías artesanales, año 2015, en el sentido que se indica: a) Incorpórese en el campo "Recurso Objetivo" la palabra "Otros", para las siguientes especies del campo "Recurso F.A.": Anchoveta, Sardina española y Congrio dorado, de la forma señalada a continuación:
Recurso FA
Sector
Recurso Objetivo
Región
Arte de Pesca
% FA
Reserva Anual Fauna Acompañante
Sardina española
Anchoveta Artesanal
Jurel
XV-II Cerco 5% 1.000
Caballa
Otros
Anchoveta
Sardina EspañolaArtesanal
Jurel
XV-IICerco5%500
Caballa
Otros
Congrio Dorado Artesanal
Recursos Demersales
X XI XII Espinel 10%33,2 10,9 21,2
Otros
b) Reemplácese lo establecido para la especie jibia en el campo "Arte de Pesca y "% F.A." por la palabra "Todos" y establézcase un porcentaje de fauna acompañante total de un 30% de la siguiente forma:
Recurso FA
Sector
Recurso Objetivo
Región
Arte de Pesca
% FA
Reserva Anual Fauna Acompañante
Jibia
Artesanal
Todos
XV-XII
Todos
30%
1.592
Los montos de las cuotas de fauna acompañante antes señaladas, se encuentran expresados en toneladas. El texto íntegro del presente decreto se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura. Valparaíso, 14 de diciembre de 2015.- Raúl Súnico Galdames, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.