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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA


DO 981263 2015


(IdDO 981263)
ESTABLECE RÉGIMEN ARTESANAL DE EXTRACCIÓN POR ORGANIZACIÓN PARA LA PESQUERÍA ARTESANAL DE MERLUZA COMúN VII REGIÓN ÁREA NORTE 2
Por decreto exento N°1.178, de 22 de diciembre de 2015, de este Ministerio, la pesquería artesanal de Merluza común, correspondiente al Área Norte 2 de la VII Región, comprendida entre los paralelos 34°49’00" y 35°10’00" L.S., establecida de conformidad lo dispuesto en el decreto exento N° 154 de 2003, del actual Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, quedará sometida al Régimen Artesanal de Extracción por organizaciones de pescadores artesanales del modo que se indica en el decreto extractado.
El presente decreto regirá desde el 1° de enero de 2016 y hasta el 31 de diciembre de 2017, ambas fechas inclusive.
EL texto íntegro del presente decreto se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 22 de diciembre de 2015.- Raúl Súnico Galdames, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.




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