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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA


DO 993716 2016


(IdDO 993716)
ESTABLECE CUOTA DE CAPTURA PARA LOS RECURSOS HUIRO PALO Y HUIRO MACRO EN LA IV REGIÓN DE COQUIMBO EN PERIODO QUE SEÑALA
Por decreto exento N° 44, de 28 de enero de 2016, de este Ministerio, fíjase para el año 2016 una cuota anual de captura de 11.000 toneladas del recurso Huiro palo y 2.516 toneladas del recurso Huiro macro, a ser extraída en el área marítima de la IV Región, distribuidas temporal y espacialmente de la siguiente manera:
a) Huiro palo.
Comunaene-marabr-junjul-sepoct-dicTOTAL
La Higuera-La Serena13,127,683,637,6161,9
Coquimbo340,5168,1239117,3864,9
Ovalle1197,41267,11574,2699,94738,6
Canela753,9749,5541,3491,62536,3
Los Vilos568,5920,5616,6586,72692,3
Cuota Investigación66
11.000

b) Huiro flotador.
Comunaene-marabr-junjul-sepoct-dicTOTAL
La Higuera-La Serena0,011,20,22,4
Coquimbo96,431,69,9103,8241,7
Ovalle886,6452,2112,6308,51759,8
Canela107,454,912,735,7210,7
Los Vilos148,363,115,673,2300,2
Cuota Investigación1,31,3
2516

Las capturas que se efectúen entre el 1° de enero de 2016 y la fecha de publicación del presente decreto en el Diario Oficial, se imputarán a la cuota anual de captura autorizada en el presente decreto.
El texto íntegro del presente decreto se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 28 de enero de 2016.- Paolo Tejo Carmona, Subsecretario de Pesca y Acuicultura (S).




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