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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA


DO 1020787 2016


SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA
(Extractos)
(IdDO 1020787)
MODIFICA DECRETO N° 159 EXENTO, DE 2016, DE ESTE MINISTERIO, QUE ESTABLECIÓ VEDA BIOLÓGICA PARA EL RECURSO ANCHOVETA EN ÁREA Y PERÍODO QUE INDICA
Por decreto exento N° 329, de 28 de abril de 2016, de este Ministerio, modifícase el artículo 1° del decreto exento N° 159, de 2016, de este Ministerio, que estableció una veda biológica para el recurso Anchoveta en el área marítima comprendida entre el límite norte de la XV Región y el límite sur de la II Región, en el sentido de extender el período referencial de la misma hasta el día 30 de junio de 2016, inclusive.
Dentro del período referencial antes señalado, la veda se hará efectiva a nivel regional, por un período de 7 días corridos, al día siguiente de la publicación en la página web de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura de los resultados de los indicadores establecidos en el artículo 2° del decreto exento N° 159, de 2016, de este Ministerio. No obstante lo anterior, si durante dos semanas corridas dentro del período referencial antes señalado no se ha hecho efectiva la veda antes indicada, el indicador deberá ser evaluado en escala semanal.
En lo no modificado regirá lo dispuesto en el decreto exento N° 159, de 2016, de este Ministerio.
El texto íntegro del presente decreto se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 28 de abril de 2016.- Paolo Trejo Carmona, Subsecretario de Pesca y Acuicultura (S).




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