(CVE 1227813) MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO Subsecretaría de Pesca y Acuicultura MODIFICA DECRETO N° 1 EXENTO, DE 2017, DE ESTE MINISTERIO QUE ESTABLECIÓ CUOTA DE CAPTURA PARA LOS RECURSOS HUIRO NEGRO, HUIRO PALO Y HUIRO FLOTADOR EN LA III REGIÓN (Extracto) Por decreto exento 413, de 12 de junio de 2017, de este Ministerio, modifícase el artículo 1° del decreto exento N° 1, modificado por el decreto exento N° 150, ambos de 2017 y de este Ministerio, que estableció una cuota de captura para el año 2017, para los recursos huiro negro, huiro palo y huiro flotador, a ser extraída en el área marítima de la III Región, cuyo Plan de Manejo fue aprobado a través de la resolución exenta N° 2 .672, de 2013, de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, en el sentido de reemplazar la distribución temporal de los recursos huiro negro y huiro palo, por la que se indica a continuación:
Recurso
Periodo
Varado +barreteado
Varado
Investigación (t)
Cuota total del periodo (t)
Lessonia
Ene-Mar
11.272
7.001
18.273
berteroana
Abr-Jun
7.900
15.000
22.900
Huiro negroLessonia
Jul-Sep
2.409
6.718
6
9.127
spicata
Oct-Dic
6.503
3.503
10.006
Total
28.084
32.222
6
60.312
Ene-Mar
2.765
146
2.911
Lessonia
Abr-Jun
3.190
2.890
6
6.080
Huiro palotrabeculata
Jul-Sep
3.000
302
3.302
Oct-Dic
2.013
107
2.120
Total
10.968
3.445
6
14.419
El texto íntegro del presente decreto se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura. Valparaíso, 12 de junio de 2017.- Pablo Berazaluce Maturana, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.