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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA


DO 1227813 2017


(CVE 1227813)
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
MODIFICA DECRETO N° 1 EXENTO, DE 2017, DE ESTE MINISTERIO QUE ESTABLECIÓ CUOTA DE CAPTURA PARA LOS RECURSOS HUIRO NEGRO, HUIRO PALO Y HUIRO FLOTADOR EN LA III REGIÓN
(Extracto)
Por decreto exento 413, de 12 de junio de 2017, de este Ministerio, modifícase el artículo 1° del decreto exento N° 1, modificado por el decreto exento N° 150, ambos de 2017 y de este Ministerio, que estableció una cuota de captura para el año 2017, para los recursos huiro negro, huiro palo y huiro flotador, a ser extraída en el área marítima de la III Región, cuyo Plan de Manejo fue aprobado a través de la resolución exenta N° 2 .672, de 2013, de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, en el sentido de reemplazar la distribución temporal de los recursos huiro negro y huiro palo, por la que se indica a continuación:
RecursoPeriodoVarado +barreteadoVaradoInvestigación (t)Cuota total del periodo (t)
Lessonia berteroanaHuiro negroLessonia6spicataLessonia6Huiro palotrabeculata
Ene-Mar11.2727.00118.273
Abr-Jun7.90015.00022.900
Jul-Sep2.4096.7189.127
Oct-Dic6.5033.50310.006
Total28.08432.222660.312
Ene-Mar2.7651462.911
Abr-Jun3.1902.8906.080
Jul-Sep3.0003023.302
Oct-Dic2.0131072.120
Total10.9683.445614.419

El texto íntegro del presente decreto se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.

Valparaíso, 12 de junio de 2017.- Pablo Berazaluce Maturana, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.




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