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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA


DO 1262483 2017


(CVE 1262483)
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
MODIFICA DECRETO N° 1 EXENTO, DE 2017, DE ESTE MINISTERIO QUE ESTABLECIÓ CUOTA DE CAPTURA PARA LOS RECURSOS HUIRO NEGRO, HUIRO PALO Y HUIRO FLOTADOR EN LA III REGIÓN
(Extracto)
Por decreto 569 exento, de 22 de agosto de 2017, de este Ministerio, modifícase el artículo 1° del decreto exento N° 1, modificado por los decretos exentos N° 150 y N° 413, ambos de 2017 y de este Ministerio, que estableció una cuota de captura para el año 2017, para los recursos huiro negro, huiro palo y huiro flotador, a ser extraída en el área marítima de la III Región, cuyo Plan de Manejo fue aprobado a través de la resolución exenta N° 2.672, de 2013, de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, en el sentido de reemplazar la distribución temporal de los recursos huiro negro y huiro palo, por la que se indica a continuación:

El texto íntegro del presente decreto se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 22 de agosto de 2017.- Pablo Berazaluce Maturana, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.




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