(CVE 1928304)
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
(Extracto)
Por decreto exento Nº 202100050, de 9 de abril de 2021, de este Ministerio, fíjase para los años 2021, 2022 y 2023, las siguientes cuotas anuales de captura para los recursos Crustáceos demersales que se indica, a ser extraídas fuera de las unidades de pesquería individualizadas en los DS Nº 377 y Nº 611, ambos de 1995 y Nº 245, de 2000, todos del actual Ministerio de Economía, Fomento y Turismo:
a) Camarón nailon: 20 toneladas.
b) Langostino amarillo: 20 toneladas.
c) Langostino colorado: 12 toneladas.
Las cuotas antes señaladas se dividirán de la manera señalada en el decreto extractado.
El texto íntegro del presente decreto se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 9 de abril de 2021.- Cristián Espinoza Montenegro, Subsecretario de Pesca y Acuicultura (S).