(CVE 2043833)
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
(Extracto)
Por decreto exento Nº 202100210, de 17 de noviembre de 2021, de este Ministerio, fíjase los valores de sanción de las especies hidrobiológicas que a continuación se indican, los que servirán de unidad de cuenta para los efectos de la aplicación de las sanciones que se establecen en la Ley General de Pesca y Acuicultura:
(*) CITES: Convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de flora y fauna silvestres, especies susceptibles de ser capturadas en Chile.
Los valores de sanción indicados precedente regirán por el término de un año, contado desde el día 4 de diciembre de 2021, inclusive.
El texto íntegro del presente decreto se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 17 de noviembre de 2021.- Mónica Orellana Valdés, Subsecretaria de Pesca y Acuicultura (S).