(CVE 2127673)
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
(Extracto)
Por decreto exento N° 18, de 10 de mayo de 2022, de este Ministerio, establécese una veda biológica para los recursos Anchoveta y Sardina común, en el área marítima de las regiones de Ñuble y del Biobío, la que regirá desde la fecha de publicación del presente decreto, conforme lo dispuesto en el artículo 174 de la Ley General de Pesca y Acuicultura y hasta el 23 de mayo de 2022, ambas fechas inclusive.
Se exceptúa de lo establecido en los artículos precedentes, la captura del recurso Anchoveta y/o Sardina común destinada a la elaboración de productos de consumo humano directo y a carnada, de conformidad con lo establecido en el artículo 3° letra a) de la Ley General de Pesca y Acuicultura.
El texto íntegro del presente decreto se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 10 de mayo de 2022.- Julio Salas Gutiérrez, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.