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MINISTERIO DE ECONOMIA


DO 1889326 2021


DO 2022-06-09 MINISTERIO DE ECONOMIA

(CVE 2139989)

MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO

Subsecretaría de Turismo

DECLARA ZONA DE INTERÉS TURÍSTICO CHANCO PELLUHUE

Núm. DEXE202200071.- Santiago, 2 de junio de 2022.

Visto:

Lo dispuesto en la ley N° 20.423, del Sistema Institucional para el Desarrollo del Turismo; en la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el decreto supremo N° 30, que aprueba el Reglamento que fija el procedimiento para la declaración de Zonas de Interés Turístico, de 2016, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; en el acuerdo 2.1 del Acta del Comité de Ministros del Turismo que da cuenta de la sesión ordinaria N° 26, del 26 de enero de 2022; y en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1. Que, se declara Zona de Interés Turístico un territorio que posea condiciones especiales para la atracción turística y que requiera medidas de conservación y de una planificación integrada para así focalizar las inversiones del sector público y/o promover las inversiones del sector privado en dicho territorio.

2. Que, mediante resolución administrativa exenta N° 202100077, de 2 de julio de 2021, de la Subsecretaría de Turismo, se admitió a tramitación la solicitud de Zona de Interés Turístico "Chanco-Pelluhue".

3. Que, se cumplió con la etapa de consulta pública dispuesta en los artículos 10 y siguientes del decreto supremo N° 30, de 2016, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo. 4. Que, tanto el Servicio Nacional del Turismo como las Municipalidades de Chanco y Pelluhue, emitieron los informes a los que alude el artículo 13 de la ley N° 20.423 para la

declaración de una Zona de Interés Turístico.

5. Que, mediante oficio N° 202102504, de 6 de agosto de 2021, de la Secretaría Regional Ministerial de Economía, Fomento y Turismo de la Región del Maule, se entregó un informe favorable del Comité de Secretarios Regionales Ministeriales del Turismo con respecto a la postulación de la Zona de Interés Turístico "Chanco-Pelluhue".

6. Que, mediante resolución administrativa exenta N° 202100132, de 7 de septiembre de 2021, de la Subsecretaría de Turismo, se dio inicio a la formulación del Plan de Acción para el proceso de declaración de la Zona de Interés Turístico denominada "Chanco-Pelluhue".

7. Que, según dispone el artículo 8, numeral 7), de la ley N° 20.423, corresponde al Comité de Ministros del Turismo declarar las Zonas de Interés Turístico.

8. Que, según dispone el inciso segundo del artículo 13 de la ley N° 20.423, del Sistema Institucional para el Desarrollo del Turismo, un reglamento del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, suscrito además por los otros ministros que integran el Comité de Ministros del Turismo, normará la forma y condiciones para proceder a la declaración de las Zonas de Interés Turístico, la que se realizará por medio de decreto supremo del mencionado Ministerio, previo acuerdo del Comité de Ministros del Turismo, informe del Servicio Nacional de Turismo e informes vinculantes de los municipios cuyos territorios, o parte de ellos, se vean afectados por aquélla.

9. Que, en el acuerdo 2.1 del Acta de la sesión ordinaria N° 26 del Comité de Ministros del Turismo, de fecha 26 de enero de 2022, se aprobó por unanimidad la solicitud de declaratoria de Zona de Interés Turístico para el territorio conformado por las comunas de Chanco y Pelluhue,

en la Región del Maule, así como su respectivo Plan de Acción. Para dicha aprobación se consideraron especialmente relevantes atractivos como Santos del Mar y Loberías de Loanco, Arcos de Calán, balneario de Curanipe y pueblo de Chanco, entre otros.

10. Que, habiéndose dado cumplimiento a la normativa legal y reglamentaria y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del decreto supremo N° 30, de 2016, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, corresponde a esta Secretaría de Estado, mediante decreto supremo dictado bajo la fórmula "Por orden del Presidente de la República", declarar la Zona de Interés Turístico respectiva.

Decreto:

Artículo primero: Declárase como Zona de Interés Turístico "Chanco-Pelluhue" al territorio conformado por parte de las comunas de Chanco y Pelluhue, de la Región del Maule, cuyo polígono es el siguiente:

Artículo segundo: Los límites del territorio de la Zona de Interés Turístico "Chanco-Pelluhue" están determinados por los siguientes vértices con sus coordenadas geográficas referenciales:

Artículo tercero: Publíquese el polígono y las coordenadas geográficas oficiales de todos los vértices de la Zona de Interés Turístico "Chanco-Pelluhue" en formato "shapefile" en la página institucional, www.subturismo.gob.cl, quedando a disposición del público para consulta a partir de la dictación del presente acto.

Regístrese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Nicolás Grau Veloso, Ministro de Economía, Fomento y Turismo.






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