(CVE 2175240)
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
(Extracto)
Por decreto exento N° 202200113, de 10 de agosto de 2022 de este Ministerio, suspéndase la vigencia de la veda extractiva para el recurso macha, establecida mediante el decreto exento folio DEXE202100144, de este Ministerio, a partir de la fecha de publicación del presente decreto de conformidad con la Ley General de Pesca y Acuicultura, por un período de 90 días corridos, en el área marítima correspondiente al banco natural del sector denominado Playa Temblador, comuna de La Higuera, Región de Coquimbo, en las coordenadas geográficas que a continuación se indican:
Fíjase una cuota de captura de 11,973 toneladas del recurso macha a ser extraídas en el área marítima y en el periodo antes individualizado, en la forma señalada en el decreto extractado.
El texto íntegro del decreto se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 10 de agosto de 2022.- Paulo Sepúlveda Sepúlveda, Subsecretario de Pesca y Acuicultura (S).