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MINISTERIO DE ECONOMIA


DO 1889326 2021


DO 2022-09-09 MINISTERIO DE ECONOMIA

(CVE 2184342)

MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO

Subsecretaría de Pesca y Acuicultura

MODIFICA DECRETO Nº 3 EXENTO, DE 2022, DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO

(Extracto)

Por decreto exento 202200119, de 5 de septiembre de 2022, de este Ministerio, modifíquese el artículo 1º del decreto exento Nº 3, de 2022, que estableció para el año 2022, los porcentajes máximos de desembarque para las especies que indica, en el sentido de reemplazar la parte de la tabla asociada al recurso Merluza común, a ser extraída en calidad de fauna acompañante, por el sector artesanal, por la que a continuación se indica:

El porcentaje máximo de desembarque de un 1% de la especie Merluza común, por viaje de pesca, medido en peso en relación a la captura total de los recursos objetivo Sardina común y Anchoveta, o de 3 toneladas de Merluza común como fauna acompañante por viaje de pesca, sólo se aplicará a quienes hayan adherido al protocolo de cierre de áreas autorizado mediante resolución exenta Nº 1.315, de 2022, de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura.

La regla antes señalada regirá también respecto de los viajes de pesca efectuados los 15 días corridos anteriores al cierre del área, siempre que la información de captura y desembarque proporcionada al Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, conforme lo dispuesto en el artículo 63 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, y su reglamento, haya dado origen al cierre de área a que se refiere la resolución antes señalada.

El texto íntegro del presente decreto se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.

Valparaíso, 5 de septiembre de 2022.- Paulo Sepúlveda Sepúlveda, Subsecretario de Pesca y Acuicultura (S).






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