(CVE 2203561)
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
(Extracto)
Por decreto exento Nº 43, de 17 de octubre de 2022, de este Ministerio, modifícanse los decretos exentos folios DEXE202100236 y DEXE202100225, ambos de 2021, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, en el sentido indicado de incorporar un nuevo artículo 7º.
"Artículo 7º.- Según lo dispuesto en el inciso final del artículo 3º de la Ley General de Pesca y Acuicultura, si, por efecto de las marejadas ocurriere el varado de algas, la Subsecretaría podrá, mediante resolución, autorizar excepciones a la cuota para un sector y periodo determinado.".
El texto íntegro del decreto se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 17 de octubre de 2022.- Paulo Sepúlveda Sepúlveda, Subsecretario de Pesca y Acuicultura (S).