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MINISTERIO DE ECONOMIA


DO 1889326 2021


DO 2024-04-17 MINISTERIO DE ECONOMIA

(CVE 2479891)

MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO

Subsecretaría de Pesca y Acuicultura

MODIFICA DECRETO N° 5 EXENTO, DE 2024, DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO

(Extracto)

Por decreto exento N° 21, de 4 de abril de 2024, de este Ministerio, modifícase el artículo 5° del decreto exento N° 5, de 2024, del actual Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, en el sentido de:

Reemplazar su letra c) ahí indicada por la siguiente:

"c) Periodo de evaluación final: Periodo inmediatamente posterior al periodo de resguardo, en el cual se evaluará semanalmente la pertinencia de extender, activar y/o suspender la veda biológica.

En este periodo la veda será de carácter semanal y, se extenderá o activará por zona y/o región al día subsiguiente de la publicación, cuando el indicador biológico señalado en el artículo 4° del presente decreto se iguale o supere para ambas especies, Sardina común y Anchoveta. En el caso de suspensión de la veda biológica, esta se hará efectiva en la subzona, zona y/o región que corresponda, al día siguiente de la publicación de los resultados.

Para efectos de lo señalado, los indicadores para cada uno de los recursos, y la decisión a considerar para el periodo de evaluación final, serán los siguientes:

Se dará por término a este periodo de evaluación final, junto con las publicaciones, cuando por tres semanas consecutivas no se iguale o supere el indicador biológico del artículo 4° del presente decreto para en al menos uno de los dos recursos, Sardina común o Anchoveta. Toda vez que este criterio no se cumpla, se dará por finalizado el día 30 de abril de cada año calendario.".

El texto íntegro del presente decreto se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.

Valparaíso, 4 de abril de 2024.- Julio Salas Gutiérrez, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.






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