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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2009


SUBSECRETARÍA DE PESCA
MODIFICA DECRETO N° 1.677 EXENTO, DE 2008, QUE ESTABLECIÓ LÍMITES MÁXIMOS DE CAPTURA POR ARMADOR EN UNIDAD DE PESQUERÍA MERLUZA DE COLA, LETRA F) DEL ARTÍCULO 2° DE LA LEY 19.713
Núm. 468 exento.- Santiago, 12 de marzo de 2009.- Visto: Lo informado por la I. Corte de Apelaciones de Valparaíso mediante oficio N° 8122604, C.I. Subpesca N° 15.959 de fecha 31 de diciembre de 2008, por la División de Administración Pesquera de la Subsecretaría de Pesca mediante Informe Técnico (SAP) N° 004 de fecha 12 de enero de 2009; lo dispuesto en el D.F.L. N° 5 de 1983; la Ley General de Pesca y Acuicultura N° 18.892 y sus modificaciones, cuyo texto refundido fue fijado por el D. S. N°430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; las leyes N° 19.713, N° 19.822 y N° 19.849, la resolución N° 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República; el decreto supremo N° 286 de 2001 y el decreto exento N° 1.677 de 2008, ambos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, las resoluciones exentas N° 502 de 1999, N° 147 de 2003, N° 3.935 de 2005, N° 2.969 de 2007, N° 865, N° 1.123, N° 3.086, todas de 2008, y N° 39 de 2009, de la Subsecretaría de Pesca.
Considerando:
Que mediante decreto exento N° 1.677 de 2008, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, se fijaron los límites máximos de captura por armador en las unidades de pesquería que en dicho decreto se indica, correspondientes al año 2009.
Que mediante resolución exenta N° 3.086, de 2008, de la Subsecretaría de Pesca, se invalidó parcialmente las resoluciones exentas N° 865 y N° 1.123, de 2008, ambas de la Subsecretaría, sólo en cuanto autorizaron a Marcelino González Rivera, a capturar Merluza de cola Macruronus magellanicus en el área marítima de la V a IX Regiones, por fuera del área de reserva artesanal, con arte de arrastre.
Que recurriendo de dicha resolución, don Rolando Contreras Illanes en representación de don Marcelino González Rivera, interpone recurso de protección ante la I. Corte de Apelaciones de Valparaíso, rol I.C. N° 665-2008.
Que con fecha 26 de diciembre de 2008, la I. Corte de Apelaciones de Valparaíso concedió Orden de No Innovar, en el sentido de suspender los efectos del acto recurrido, mientras dure la tramitación del recurso de protección, conforme lo informado mediante oficio citado en Visto.
Que, en cumplimiento de lo resuelto en sede judicial, mediante resolución exenta N° 39, de fecha 7 de enero de 2009, se suspenden, temporalmente, los efectos de la resolución exenta N° 3.086, de 2008.
Que, conforme lo anterior, mediante Informe Técnico (SAP) N° 004, de fecha 12 de enero de 2009, la División de Administración Pesquera de la Subsecretaria de Pesca, informa la incorporación de don Marcelino González Rivera en el Límite Máximo de Captura para el año 2009, en la unidad de pesquería de Merluza de cola en el área marítima de la V a X Regiones.
Que, en consecuencia corresponde modificar el límite máximo de captura en la unidad de pesquería individualizada en la letra f) del artículo 2° de la ley N° 19.713 para el año 2009.
Que la presente modificación no afectará los límites máximos de captura del resto de los titulares, según lo señalado en el inciso final del artículo 6° de la ley N° 19.713,
Decreto:
Artículo único.- Modifíquese el artículo 1° letra f) del decreto exento N° 1.677, de 2008, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, en el sentido de incorporar al armador Marcelino González Rivera en el límite máximo de captura correspondiente a la unidad de pesquería de Merluza de cola Macruronus magellanicus en el área marítima de la V a X Regiones, conforme lo señalado a continuación:
ArmadorEne-MarzoAbr-DicTotal
González Rivera Marcelino73,569110,354183,923

Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Hugo Lavados Montes, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Jorge Chocair Santibáñez, Subsecretario de Pesca.




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