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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2009


Ministerio de Economía,
Fomento y Reconstrucción
SUBSECRETARÍA DE PESCA
MODIFICA DECRETO N° 1.677 EXENTO DE 2008, QUE ESTABLECIÓ LÍMITES MÁXIMOS DE CAPTURA POR ARMADOR EN UNIDADES DE PESQUERÍA QUE INDICA
Núm. 1.148 exento.- Santiago, 17 de julio de 2009.- Visto: Lo informado por la División de Administración Pesquera de la Subsecretaría de Pesca mediante informe técnico (SAP) N° 80, de fecha 30 de junio de 2009; lo dispuesto en el DFL N° 5, de 1983; la Ley General de Pesca y Acuicultura N°18.892 y sus modificaciones, cuyo texto refundido fue fijado por el DS N° 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; las leyes N° 19.713, N° 19.822, N°19.849, N° 20.174 y N° 20.175; los decretos exentos N°1.675 y N° 1.677, ambos de 2008, N° 316, N° 468, N° 575 y N°1.074, todos de 2009, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; la resolución N° 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
Que mediante decreto exento N° 1.677, de 2008, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, se establecieron los límites máximos de captura por armador en la unidad de pesquería de Anchoveta, individualizada en el ar-tículo 2° letra e) de la ley N° 19.713, correspondientes al año 2009.
Que mediante decreto exento N° 1.074, de 2009, citado en Visto, se modificó la cuota global anual de captura de la unidad de pesquería antes señalada, fijada mediante decreto exento N° 1.675, de 2008, citado en Visto, por lo que corresponde modificar el decreto que estableció los límites máximos de captura,
Decreto:
Artículo único.- Modifícase el artículo 1° letra e) del decreto exento N° 1.677 de 2008, de este Ministerio, que estableció los límites máximos de captura por armador para el año 2009, en el sentido de indicar que los límites correspondientes a la unidad de pesquería de Anchoveta, en el área marítima comprendida entre la V y la X Regiones, individualizada en la letra e) del artículo 2° de la ley N° 19.713, para el año 2009, son los siguientes:
Anchoveta

Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Hugo Lavados Montes, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Lo que transcribe, para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Jorge Chocair Santibáñez, Subsecretario de Pesca.




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