(CVE 1570471)
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
ESTABLECE RÉGIMEN ARTESANAL DE EXTRACCIÓN INDIVIDUAL PARA A LA PESQUERÍA ARTESANAL DE MERLUZA COMúN EN ÁREAS DE REGIONES QUE INDICA
(Extracto)
Por decreto exento N° 54, de 28 de marzo de 2019, de este Ministerio, las pesquerías artesanales de Merluza común correspondientes al Área Sur de la Región del Libertador General Bernardo O‘Higgins, y Áreas Norte 1, Norte 2 y Sur de la Región del Maule, sometidas al Régimen Artesanal de Extracción por organizaciones de pescadores artesanales, quedarán sometidas al Régimen Artesanal de Extracción individualmente, del modo que a continuación se indica:
ÁREA SUR DE LA REGIÓN DEL LIBERTADOR BERNARDO O‘HIGGINS
ÁREA NORTE 1 DE LA REGIÓN DEL MAULE
ÁREA NORTE 2 DE LA REGIÓN DEL MAULE
ÁREA SUR DE LA REGIÓN DEL MAULE
El presente decreto regirá desde la fecha de su publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 174 de la Ley General de Pesca y Acuicultura y hasta el 31 de diciembre de 2028, ambas fechas inclusive.
El texto íntegro del presente decreto se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 28 de marzo de 2019.- Román Zelaya Ríos, Subsecretario de Pesca y Acuicultura (S).