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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2006


Por resolución exenta N° 1.529, de 6 de junio de 2006, de esta Subsecretaría, autorízase a SOCIEDAD PESQUERA LANDES S.A. para sustituir la nave "Bonito", por una nave en construcción, cuyas características náuticas son las siguientes:
Eslora de arqueo33,99 m.
T.R.G. (Internacional)223,90
Bodega350,00 m3
Potencia principal850,00 Hp.
Potencia auxiliar39,40 Hp.
Manga7,92 m.
Arte de pescaCerco, arraste de media agua, palangre y trampas

Fíjase como zona de operación de la nave reemplazante individualizada precedentemente las áreas marítimas que a continuación se indican, donde podrá capturar los siguientes recursos hidrobiológicos: a) En la III y IV Regiones, por fuera del área de reserva artesanal con arte de cerco: Jurel; b) Entre la VII a IX Regiones, por fuera del área de reserva artesanal con arte de cerco: Jurel; c) En la X Región, por fuera del área de reserva artesanal con arte de cerco: Jurel; d) Entre la VII a X Regiones, por fuera del área de reserva artesanal con arte de cerco: Anchoveta; Merluza de cola; e) En la VIII y X Regiones, por fuera del área de reserva artesanal, con arte de cerco: Sardina común; f) En la III Región, por fuera del área de reserva artesanal, con arrastre de media agua: Jurel; g) En la IV Región, por fuera de las 60 millas náuticas, con arrastre de media agua: Jurel; h) Entre la VII a IX Regiones, por fuera de las 60 millas náuticas con arrastre de media agua: Jurel; i) En la X Región, por fuera de las 60 millas náuticas, con arrastre de media agua: Jurel; j) Entre la VII a X Regiones, por fuera de las 60 millas náuticas, con arrastre de media agua: Anchoveta, Merluza de cola; k) En la VIII y X Regiones, por fuera de las 60 millas náuticas, con arrastre de media agua: Sardina común.
Autorízase a Pesquera Landes S.A. para ampliar actividades pesqueras con la nave en construcción individualizada en el numeral 1° de la presente resolución, en las áreas marítimas, sobre los recursos y con los artes que a continuación se indican: a) Entre la VII a X Regiones, por fuera del área de reserva artesanal con cerco: Agujilla, Bonito, Caballa, Cachurreta, Cojinoba del norte, Sardina española, Machuelo o Tritre, Cojinoba del sur, Dorado; b) En el área marítima de la III y IV Regiones, por fuera del área de reserva artesanal con cerco: Bonito, Caballa, Cachurreta, Cojinoba del norte, Machuelo o Tritre, Cojinoba del sur, Dorado; c) Entre la VII a X Regiones, por fuera de las 60 millas náuticas, con arrastre de media agua: Agujilla, Bonito, Caballa, Cachurreta, Cojinoba del norte, Sardina española, Machuelo o Tritre, Cojinoba del sur, Dorado; d) En la III Región, por fuera del área de reserva artesanal, con arrastre de media agua: Bonito, Caballa, Cachurreta, Cojinoba del norte, Machuelo o Tritre, Cojinoba del sur, Dorado; e) En la IV Región, por fuera de las 60 millas náuticas, con arrastre de media agua: Bonito, Caballa, Cachurreta, Cojinoba del norte, Machuelo o Tritre, Cojinoba del sur, Dorado; f) En el Archipiélago de Juan Fernández, Isla de Pascua, Islas Sala y Gómez e Islas Desventuradas, por fuera del área de reserva artesanal, con palangre: Atún de aleta amarilla, Atún de aleta larga, Atún de ojos grandes, Anguila, Marrajo o tiburón, Tollo; g) Entre la I a X Regiones, por fuera del área de reserva artesanal, con trampas: Centolla Lithodes wiracocha, Centolla Neolithodes diomedae, Centolla Lithodes panamensis, Centollón Paralomis papillata, Centollón Paralomis longipes, Centollón Paralomis otsuae, Centollón Paralomis spinosissima.
Déjanse sin efecto las resoluciones N° 1.303, N° 2.024 y N° 2.025, todas de 2005, de esta Subsecretaría, que autorizaron a Sociedad Pesquera Landes S.A. para realizar actividades pesqueras extractivas con la nave Bonito.
Valparaíso, 6 de junio de 2006.- Carlos Hernández Salas, Subsecretario de Pesca.




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