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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2006


Por resolución exenta N° 2.181, de 28 de julio 2006, de esta Subsecretaría, autorízase a PESQUERA BIO BIO S.A. para sustituir la nave "Oceánica 3" y la nave en construcción autorizada a operar mediante resolución N° 3388, de 2004, de esta Subsecretaría, por dos naves, la segunda de ellas una nave en construcción, cuyas características náuticas son las siguientes:
Eslora 23,00 m
T.R.G. (Internacional) 151,00
Capacidad de Bodega 54,00 m³
Manga 7,50 m
Potencia total 320,00 Hp
Arte de pesca Cerco

Fíjase como zona de operación de la nave reemplazante individualizada precedentemente las áreas marítimas que a continuación se indican, por fuera del área de reserva artesanal, donde podrá capturar, con arte de cerco, los siguientes recursos hidrobiológicos: a) En la III y IV Regiones: Jurel; b) Entre la V a VII Regiones, y en la IX Región: Jurel; c) En la X Región: Jurel; d) Entre la V a VII Regiones, y en la IX y X Regiones: Sardina común, Anchoveta, Merluza de cola.
Déjase sin efecto las resoluciones N° 3.388, de 2004; N° 3.644 y N° 3.874, ambas de 2005, todas de esta Subsecretaría, que autorizaron a Pesquera Bío Bío S.A. para desarrollar actividades pesqueras extractivas con la nave "Oceánica 3" y una nave en construcción. Asimismo, déjase sin efecto la resolución N° 165, de 2006, de esta Subsecretaría, sólo en lo relativo a la nave "Oceánica 3", en virtud del contenido de la presente resolución.
Valparaíso, 28 de julio de 2006.- Carlos Hernández Salas, Subsecretario de Pesca.




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