Por resolución exenta N° 2.306, de 9 de agosto de 2006, de esta Subsecretaría, rectifícase el numeral 2° de la resolución N° 2.022 de 2006, de esta Subsecretaría, que autorizó a PESQUERA SAN JOSE S.A. para sustituir la nave Surmar I por una nave en construcción, en el sentido de reemplazar sus numerales i), j), k), l) y m) por los siguientes:
i) En el área marítima de la IV Región, por fuera de la línea imaginaria trazada a una distancia de 60 millas marinas contadas desde las respectivas líneas de base normales, con arrastre de media agua:
| Anchoveta | Engraulis ringens |
| Sardina española | Sardinops sagax |
| Jurel | Trachurus murphyi |
j) En el área marítima comprendida entre la V a IX Regiones, por fuera de la línea imaginaria trazada a una distancia de 60 millas marinas contadas desde las respectivas líneas de base normales, con arrastre de media agua:
k) En el área marítima correspondiente a la X Región, por fuera de la línea imaginaria trazada a una distancia de 60 millas marinas contadas desde las respectivas líneas de base rectas o normales, según corresponda, con arrastre de media agua:
l) En el área marítima comprendida desde la V y X Regiones, por fuera de la línea imaginaria trazada a una distancia de 60 milllas marinas contadas desde las respectivas líneas de base rectas o normales, según corresponda, con arrastre de media agua:
| Anchoveta | Engraulis ringens |
| Sardina común | Strongomera bentincki |
m) En el área marítima comprendida entre la V a VII Regiones, y en la IX y X Regiones, por fuera de la línea imaginaria trazada a una distancia de 60 millas marinas contadas desde las respectivas líneas de base rectas o normales, según corresponda, con arrastre de media agua:
| Merluza de cola | Macruronus magellanicus. |
Valparaíso, 9 de agosto de 2006.- Carlos Hernández Salas, Subsecretario de Pesca.