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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2006


Por resolución exenta N° 2.345, de 16 de agosto de 2006, de esta Subsecretaría, autorízase a PESCA ARTESANAL ERIC ARAVENA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, para iniciar actividades pesqueras de transformación, en orden a instalar y operar una planta ubicada en 12 de Febrero N° 1380, Coquimbo, IV Región, donde podrá elaborar en las líneas de proceso de Cocido, Fresco-Enfriado, Fresco-Refrigerado, Congelado y Seco Salado, los recursos hidrobiológicos indicados en la resolución extractada.
Deniégase la solicitud presentada por la peticionaria para procesar en las líneas de proceso de Cocido, Fresco-Enfriado, Fresco-Refrigerado y Congelado el recurso hidrobiológico Lobo marino común Otaria flavescens, lo anterior en virtud de lo dispuesto por el decreto exento N° 765 de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Déjase sin efecto la resolución N° 988 de 2006, de esta Subsecretaría, en virtud del contenido de la presente resolución.
Valparaíso, 16 de agosto de 2006.- Carlos Hernández Salas, Subsecretario de Pesca.




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