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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2006


Por resolución exenta N° 3.099, de esta Subsecretaría, autorízase a PESQUERA BIO BIO S.A., para sustituir la nave "Loa 24" por una nave en construcción, cuyas características náuticas son las siguientes:
Eslora de arqueo51,81 m.
T.R.G. (internacional)650,00.
Capacidad de bodega796,50 m³.
Manga12,20 m.
Potencia total 2.771,00 Hp.

Fíjase como zona de operación de la nave reemplazante individualizada precedentemente las áreas marítimas que a continuación se indica, donde podrá capturar los siguientes recursos hidrobiológicos: a) Entre la V a VII Regiones, y en la IX Región, por fuera del área de reserva artesanal, con cerco: Jurel; b) En la X Región, por fuera del área de reserva artesanal, con cerco: Jurel; c) Entre la V a VII Regiones, y en la IX y X Regiones, por fuera del área de reserva artesanal, con cerco: Anchoveta, Sardina común, Merluza de cola; d) Entre la V a VII Regiones, y en la IX Región, por fuera de las 60 millas marinas, con arrastre de media agua: Jurel; e) En la X Región, por fuera de las 60 millas marinas, con arrastre de media agua: Jurel; f) Entre la V a VII Regiones, y en la IX y X Regiones, por fuera de las 60 millas marinas, según corresponda, con arrastre de media agua: Anchoveta, Sardina común, Merluza de cola.
Déjase sin efecto las resoluciones N° 1.761 de 1996, N° 1.443 de 1997, N° 2.231 de 1999, N° 907, N° 908, N° 1.100, N° 2.046, todas de 2000, N° 1.126, N° 1.127, N° 1.962, todas de 2003, N° 938 y N° 939, ambas de 2004, todas de esta Subsecretaría.
Valparaíso, 15 de noviembre de 2006.- Carlos Hernández Salas, Subsecretario de Pesca.




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