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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2007


Por resolución exenta N° 77, de 15 de enero de 2007, de esta Subsecretaría, reconócese la participación conjunta de los armadores que a continuación se indica, en la unidad de pesquería de Jurel X Región, individualizada en el artículo 2° letra d) de la ley 19.713, para ejercer el límite máximo de captura establecido por decreto exento N° 1.514 de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, a partir de la fecha de la presente resolución y hasta el 31 de diciembre del 2007:
PESQUERA SAN JOSE S.A., SOUTHPACIFIC KORP. S.A., CORPESCA S.A., FOODCORP S.A., PESQUERA PEMESA S.A., SOCIEDAD PESQUERA GENMAR LIMITADA y SUCESION MARCELINO GONZALEZ HERNANDEZ.
La opción ejercida por el grupo de armadores antes indicados es irrevocable durante el presente año calendario.
Valparaíso, 15 de enero de 2007.- Carlos Hernández Salas, Subsecretario de Pesca.




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