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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2007


Por resolución exenta N°107, de 15 de enero de 2007, de esta Subsecretaría, reconócese la participación conjunta de los armadores que a continuación se indican, en la unidad de pesquería de Jurel, en el área marítima correspondiente a la X Región, individualizada en el artículo 2 letra d) de la ley 19.713, para ejercer el límite máximo de captura establecido por decreto exento N° 1.514, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, a partir de la fecha de la presente resolución y hasta el 31 de diciembre de 2007:
ALIMENTOS MARINOS S.A. y PESQUERA SAN ANTONIO S.A.
La opción ejercida por el grupo de armadores antes indicado es irrevocable durante el presente año calendario.
Valparaíso, 15 de enero de 2007.- Carlos Hernández Salas, Subsecretario de Pesca.




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