Por resolución exenta N° 281 de 30 de enero de 2007, de esta Subsecretaría, la nómina de armadores y embarcaciones que cumplen con los requisitos legales para operar en la unidad de pesquería de Raya, declarada en estado de plena explotación y sometida a dicho régimen de administración, en el área marítima comprendida entre el límite norte de la VIII Región y el paralelo 41° 28,6‘ L.S., en el área señalada en sus respectivas autorizaciones, al 31 de diciembre de 2006, es la siguiente:
Armador | Nave |
Friosur IX S.A. | Friosur IX |
Friosur VIII S.A. | Friosur VIII |
Pesca Chile S.A. | Boston Blenheim |
Pesca Chile S.A. | Cote Saint Jacques |
Pesca Chile S.A. | Saint Pierre |
Déjase sin efecto la resolución N° 2.086 de 2006, de esta Subsecretaría, en virtud de los dispuesto en la presente resolución.
Valparaíso, 30 de enero de 2007.- Carlos Hernández Salas, Subsecretario de Pesca.