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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2007


Por resolución exenta N° 1.400, de 4 de mayo de 2007, de esta Subsecretaría, rectifícase el numeral 6° Bis de la resolución N° 698, modificada mediante resoluciones N° 1.123 y N° 1.351, todas de 2007, de esta Subsecretaría, que autorizó al INSTITUTO DE FOMENTO PESQUERO para efectuar una pesca de investigación de conformidad con los Términos Técnicos de Referencia del Proyecto denominado "Caracterización y cuantificación de la fauna acompañante en las capturas de cerco, I y II Regiones", en el sentido de indicar que la cuota máxima total de 9.000 toneladas del recurso Anchoveta asignadas por dicha resolución sólo podrá ser capturada por el conjunto de embarcaciones artesanales autorizadas a participar en la presente pesca de investigación que se encuentren inscritas en el Registro Pesquero Artesanal de la I Región.
Valparaíso, 4 de mayo de 2007.- Carlos Hernández Salas, Subsecretario de Pesca.




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