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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2007


NÓMINA DE ARMADORES INDUSTRIALES Y EMBARCACIONES HABILITADOS PARA REALIZAR ACTIVIDADES PESQUERAS EN LA UNIDAD DE PESQUERÍA DE RAYA SEÑALADA EN EL ARTÍCULO 1° DEL DECRETO N°577 DE 1997, DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y RECONSTRUCCIÓN
Por resolución exenta N°2.621, de 30 de agosto de 2007, de esta Subsecretaría, la nómina de armadores y embarcaciones que cumplen con los requisitos legales para operar en la unidad de pesquería de Raya, declarada en estado de plena explotación y sometida a dicho régimen de administración, en el área marítima comprendida entre el límite norte de la VIII Región y el paralelo 41° 28,6‘ L.S., en el área señalada en sus respectivas autorizaciones, al 30 de junio de 2007, es la siguiente:
ARMADORNAVE
FRIOSUR IX S.A.FRIOSUR IX
PESCA CHILE S.A.BOSTON BLENHEIM
PESCA CHILE S.A.COTE SAINT JACQUES
PESCA CHILE S.A.SAINT PIERRE

Valparaíso, 30 de agosto de 2007.- Jorge Chocair Santibáñez, Subsecretario de Pesca.




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