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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2007


Ministerio de Economía,
Fomento y Reconstrucción
SUBSECRETARÍA DE PESCA
(Extractos)
Por resolución exenta N° 2.564, de 28 de agosto de 2007, de esta Subsecretaría, autorízase a PESQUERA BÍO BÍO S.A. para sustituir la nave Albatros II por una nave en construcción, cuyas características náuticas son las siguientes:
Eslora de arqueo33,81 m.
T.R.G. (Internacional)192,00
Manga7,00 m.
Capacidad de bodega158,40 m3.
Potencia total 998,00.
Arte de pescaArrastre, Arrastre de media agua, Espinel.

Fíjase como zona de operación de la nave reemplazante individualizada precedentemente el área marítima que a contunuación se indica, donde podrá capturar los siguientes recursos hidrobiológicos: a) Entre la IV a IX Regiones, por fuera del área de reserva artesanal, con arrastre: Merluza común; b) Entre la V a IX Regiones, por fuera del área de reserva artesanal, con arrastre: Merluza de cola; c) En la I Región, entre la IV Región y el paralelo 41°28,6‘ L.S. y en el Archipiélago de Juan Fernández, Isla de Pascua, Islas Sala y Gómez e Islas Desventuradas, por fuera del área de reserva artesanal, con arrastre: Alfonsino; d) Entre la IV y IX Regiones, por fuera del área de reserva artesanal, con arrastre: Besugo; e) Entre los paralelos 41°28,6‘ L.S. y 44° L.S., por fuera de las 60 millas náuticas, con arrastre: Alfonsino; f) En la X Región, por fuera de las 60 millas, con arrastre de media agua: Jurel; g) Entre la I Región y el paralelo 41°28,6‘ L.S., por fuera del área de reserva artesanal, con espinel: Reineta; h) En el área marítima de la I Región, por fuera del área de reserva artesanal, con arrastre: Langostino colorado.
Déjanse sin efecto las resoluciones N° 1.844 de 1995, N° 1.441 de 1997, N° 13 y N° 600, todas de 1998; N° 269 y N° 1.701, ambas de 1999; N° 2.720 de 2002, N° 33 de 2003 y N° 934 de 2004, todas de esta Subsecretaría, que autorizaron a Pesquera Bío Bío S.A. para desarrollar actividades pesqueras extractivas con la nave Albatros II. Asimismo, déjase parcialmente sin efecto las resoluciones N° 1.301 de 1998, N° 782 y N° 1.201, ambas de 2001, todas de esta Subsecretaría, sólo en cuanto que autorizaron a Pesquera Bío Bío S.A. para desarrollar actividades pesqueras extractivas con la nave Albatros II.
Valparaíso, 28 de agosto de 2007.- Jorge Chocair Santibáñez, Subsecretario de Pesca.




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