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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2007


Por resolución exenta N° 2.976, de 11 de octubre de 2007, de esta Subsecretaría, modifícase la resolución N° 2.744 de 2006, de esta Subsecretaría, en el sentido siguiente:
a) Ampliar la vigencia de dicha resolución por el plazo de un año, contado desde el 27 de septiembre de 2007.
b) Reemplazar en el encabezado del inciso primero del número 4.- la expresión podrá por deberá.
c) En el inciso 1.- de la letra a) del numeral 4.- reemplazar la expresión bimensual por trimestral, y agregar después del punto aparte, que pasa a ser coma (,) la expresión independientemente que se produzca o no extracción comercial.
d) Agregar al final del inciso 1° del numeral 5.- después del punto aparte, que pasa a ser coma (,) la frase en todo caso, el número de personas autorizadas no podrá exceder a 298.
Valparaíso, 11 de octubre de 2007.- Jorge Chocair Santibáñez, Subsecretario de Pesca.




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