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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2007


Por resolución exenta N° 3.007, de 22 de octubre de 2007, de esta Subsecretaría, otórgase a SOCIEDAD PESQUERA ISLADAMAS S.A. un permiso extraordinario de pesca para la unidad de pesquería del recurso hidrobiológico Langostino amarillo, fijada en el artículo 1° del DS N° 787 de 1996, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Este permiso extraordinario tendrá una vigencia de 6 años calendario, y faculta a su titular para pescar anualmente los porcentajes que a continuación se indican de la cuota global anual de captura que se establezca:
Año 1: 0,90%
Año 2: 0,75%
Año 3: 0,60%
Año 4: 0,45%
Año 5: 0,30%
Año 6: 0,15%.
El titular del presente permiso extraordinario deberá pagar, en el mes de diciembre del año calendario anterior, los montos en dinero expresados en UTM que se señalan:
Año 1: 21,27 UTM
Año 2: 17,73 UTM
Año 3: 14,18 UTM
Año 4: 10,64 UTM
Año 5: 7,09 UTM
Año 6: 3,55 UTM
Déjase sin efecto la resolución N° 597 de 1997, de esta Subsecretaría.
Valparaíso, 22 de octubre de 2007.- Jorge Chocair Santibáñez, Subsecretario de Pesca.




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