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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2007


Por resolución exenta N° 3.010, de 22 de octubre de 2007, de esta Subsecretaría, otórgase a SOCIEDAD PESQUERA ISLADAMAS S.A., un permiso extraordinario de pesca para la unidad de pesquería del recurso hidrobiológico Langostino amarillo, fijada en el artículo 1° del DS N° 787 de 1996, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Este permiso extraordinario tendrá una vigencia de 6 años calendarios, y faculta a su titular para pescar anualmente los porcentajes que a continuación se indican de la cuota global anual de captura que se establezca:
Año 1: 3,00 %
Año 2: 2,50 %
Año 3: 2,00 %
Año 4: 1,50 %
Año 5: 1,00 %
Año 6: 0,50 %.
El titular del presente permiso extraordinario deberá pagar, en el mes de diciembre del año calendario anterior, los montos en dinero expresados en UTM que se señalan:
Año 1: 4,20 UTM
Año 2: 3,50 UTM
Año 3: 2,80 UTM
Año 4: 2,10 UTM
Año 5: 1,40 UTM
Año 6: 0,70 UTM.
Déjase sin efecto la resolución N° 2.246 de 2000, de esta Subsecretaría.
Valparaíso, 22 de octubre de 2007.- Jorge Chocair Santibáñez, Subsecretario de Pesca.




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