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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2007


Por resolución exenta N° 3.150, de 31 de octubre de 2007, de esta Subsecretaría, aplícase a PESQUERA CONCEPCIÓN LTDA. y Tomás Quezada Bernal, la sanción establecida en el artículo 11 inciso 1° de la ley N° 19.713, respecto de la unidad de pesquería de Merluza común, individualizada en el artículo 2° letra m, de la ley N° 19.713.
Descuéntese a los armadores antes individualizados, el triple del exceso capturado durante el año 2006, en la unidad de pesquería de Merluza común, lo que equivale a 19,516 toneladas del límite máximo de captura asignado para el año 2007, que provienen de Pesquera Concepción Ltda. 14,511 toneladas y Tomás Quezada Bernal 5,005 toneladas.
Redúzcanse los límites máximos de captura asignados para el año 2007, a los armadores que a continuación se individualizan, quedando para el año 2007, el límite que en cada caso se indica:
a) Pesquera Concepción Ltda. 249,321 toneladas.
b) Tomás Quezada Bernal 85,999 toneladas.
Los descuentos se harán efectivos de los límites máximos de captura autorizados para el año 2007, mediante decreto exento N° 1.514 de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Valparaíso, 31 de octubre de 2007.- Jorge Chocair Santibáñez, Subsecretario de Pesca.




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