GobiernoTransparente

MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2007


Por resolución exenta N° 3.224, de 13 de noviembre de 2007, de esta Subsecretaría, aplícase a PESCA SURIBERICA S.A. la sanción establecida en el artículo 11 inciso 1° de la ley N° 19.713, respecto de la unidad de pesquería de Merluza del sur, individualizada en el artículo 2° letra i) de la ley N° 19.713.
Descuéntese al armador antes individualizado el triple del exceso capturado durante el año 2006, en la unidad de pesquería de Merluza del sur, en el área marítima comprendida entre los paralelos 47° LS. y 57° L.S., equivalente a 3,850 toneladas del límite máximo de captura asignado para el año 2007.
Redúzcase del límite máximo de captura asignado para el año 2007 un total ascendente a 3,850 toneladas, quedando un remanente para el año 2007 ascendente a 23,272 toneladas.
El descuento se hará efectivo del límite máximo de captura autorizado para el año 2007, mediante decreto exento N° 1.514, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Valparaíso, 13 de noviembre de 2007.- Jorge Chocair Santibáñez, Subsecretario de Pesca.




VolverTamaño de Fuente