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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2007


Por resolución exenta N° 3.104, de 29 de octubre de 2007, de esta Subsecretaría, déjase sin efecto la resolución N° 2.567 de 2007, de esta Subsecretaría, que declaró la caducidad de las resoluciones que indica, en virtud de lo dispuesto en el artículo 143 letra d) de la Ley General de Pesca y Acuicultura, sólo en lo relativo a las resoluciones N° 2.957 de 2002, N° 1.956 y N° 1.957, ambas de 2003, N° 2.669 y N° 3.040, ambas de 2006, que autorizaron a SOCIEDAD PESQUERA MARLIMAR LIMITADA para realizar actividades extractivas con la nave Tiberiades.
Valparaíso, 29 de octubre de 2007.- Jorge Chocair Santibáñez, Subsecretario de Pesca.




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