GobiernoTransparente

MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2008


Por resolución exenta N° 59, de 8 de enero de 2008, de esta Subsecretaría, reconócese la participación conjunta de los armadores que a continuación se indica, en la unidad de pesquería de Jurel, en el área marítima comprendida entre el límite norte de la V Región y el límite Sur de la IX Región, individualizada en el artículo 2 letra c) de la ley 19.713, para ejercer el límite máximo de captura establecido por decreto exento N° 1.789, de 2007, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, a partir de la fecha de la presente resolución y hasta el 31 de diciembre de 2008:
PESQUERA ITATA S.A. y SOCIEDAD PESQUERA LANDES S.A.
La opción ejercida por el grupo de armadores antes indicados es irrevocable durante el presente año calendario.
Valparaíso, 8 de enero de 2008.- Jorge Chocair Santibáñez, Subsecretario de Pesca.




VolverTamaño de Fuente