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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2008


Por resolución exenta N° 57, de 8 de enero de 2008, de esta Subsecretaría, reconócese la participación conjunta de los armadores que a continuación se indica, en la unidad de pesquería Jurel, en el área marítima correspondiente a la XV, I y II Regiones, individualizada en la letra r) del artículo 2 de la ley 19.713, para ejercer el límite máximo de captura por armador establecido en el decreto exento N° 1.789, de 2007, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, a partir de la fecha de la presente resolución y hasta el 31 de diciembre de 2008:




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