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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2008


CORPESCA S.A., PESQUERA SAN JOSÉ S.A. y SOUTHPACIFIC KORP S.A.
La opción ejercida por el grupo de armadores antes indicados es irrevocable durante el presente año calendario.
Valparaíso, 8 de enero de 2008.- Jorge Chocair Santibáñez, Subsecretario de Pesca.
Por resolución exenta N° 58, de 8 de enero de 2008, de esta Subsecretaría, reconócese la participación conjunta de los armadores que a continuación se indica, en las unidades de pesquerías de Sardina española y Anchoveta, en el área marítima correspondiente a la XV, I, y II Regiones, individualizada en la letra q) del artículo 2 de la ley 19.713, para ejercer el límite máximo de captura por armador establecido en el decreto exento N° 1.789, de 2007, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, a partir de la fecha de la presente resolución y hasta el 31 de diciembre de 2008:




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