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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2008


Por resolución exenta N° 3.708, de 27 de diciembre de 2007, de esta Subsecretaría, modifícase la resolución exenta N° 3.576, de 2006, de esta Subsecretaría de Pesca, que autorizó a MARES CHILE LIMITADA para efectuar una pesca de investigación de conformidad con los términos técnicos de referencia del proyecto denominado Monitoreo biológico pesquero de la pesquería de Merluza austral (Merluccius australis) en aguas interiores de la X Región, Zona de Chiloé, en el sentido que a continuación se indica:
a) En el numeral 1°, aprobar el addendum a los términos técnicos de referencia denominado Monitoreo de la incidencia de fauna acompañante, Congrio dorado, en la pesquería de Merluza del sur, en aguas interiores de la X Región..
b) En el numeral 2°, incorporar el siguiente inciso 2°: Asimismo, la pesca de investigación tendrá por objetivo determinar el nivel de incidencia de Congrio dorado en la pesquería de Merluza del sur, en orden a evaluar una cuota como fauna acompañante para la pesquería..
c) Incorporar el siguiente numeral 5° bis: 5° bis.- Asimismo, en cumplimiento del objetivo de la presente pesca de investigación, las embarcaciones artesanales participantes podrán capturar el recurso Congrio dorado en calidad de fauna acompañante en la pesca dirigida a Merluza del sur. Las capturas antes señaladas se imputarán al remanente de la fracción reservada para ser extraídas con fines de investigación de la cuota global anual de captura establecida en el artículo 1° inciso 2° del decreto exento N° 1.520, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción..
Valparaíso, 27 de diciembre de 2007.- Jorge Chocair Santibáñez, Subsecretario de Pesca.




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